Segundo Proceso de Postulación Ley 21.043 - 30 de Julio al 31 de Agosto de 2018

Ago
7
2018

Preguntas Frecuentes

1. ¿Cuál es periodo que comprende la postulación?

El segundo proceso de postulación comenzó a regir el primer día hábil siguiente a la publicación en el Diario Oficial del Reglamento N° 47 de fecha 27 de julio de 2018 y se extiende hasta el último día hábil de agosto de dicho este año, es decir, entre el día lunes 30 de julio de 2018 y viernes 31 de agosto del 2018.

 

2. ¿Cuántos cupos se establecen para el año 2018?

El segundo proceso de postulación comprende los siguientes cupos:

  • 600 cupos, para personal académico y directivo.
  • 150 cupos para personal profesional no académico

 

3. ¿Quiénes pueden postular?

Al segundo proceso de postulación, podrá postular el personal que a continuación se indica:

  • Personal académico y directivo indicado en el número 1 del artículo 2 del Reglamento que, entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2018, haya cumplido o cumpla 65 años de edad.
  • Personal profesional no académico indicado en el número 3 del artículo 2 del Reglamento que, entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2018, haya cumplido o cumpla 65 años de edad.
  • Las funcionarias, sea que formen parte del personal académico, directivo o profesional no académico, a que se refiere el inciso segundo del artículo 2 de la ley Nº 21.043, que hayan cumplido o cumplan entre 60 y 64 años de edad, entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre del mismo año.
  • El personal académico, directivo y profesional no académico de las universidades del Estado, que obtenga o haya obtenido una pensión de invalidez del decreto ley Nº 3.500, de 1980, o que cese o haya cesado en sus funciones por declaración de vacancia por salud irrecuperable o incompatible con el desempeño del cargo, entre el 8 de noviembre de 2017 y con anterioridad al inicio de este proceso de postulación y que cumpla con los demás requisitos legales y reglamentarios exigidos.

 

4. ¿Dónde se debe postular?

Los funcionarios que deseen postular deben hacerlo en la Oficina de Retiro, ubicada en Av. Ecuador 3412, 2do piso, en donde se les entregará la información que necesiten y los formularios a utilizar para este fin.

El horario de atención es:

  • Lunes a jueves de 9:00 a 14:00 hrs. y de 15:00 a 17:30 hrs.
  • Viernes de 9:00 a 14:00 hrs.

 

5. Qué sucede si un funcionario que cumple los requisitos no postula dentro del plazo?

Los funcionarios que cumpliendo con los requisitos no postulan dentro del plazo establecido, renuncian a los beneficios contemplados en la Ley, es decir a las UF que le correspondieran y a los 11 meses (*).

(*) En el caso de que un funcionario se pase del plazo de postulación y quiera renunciar, si lo hace antes de los 180 días del cumplimiento de los 65 años de edad, le corresponde el pago de los 11 meses, aplicando el artículo 9 de la ley 20.374