Preguntas Frecuentes
1. ¿Cuál es periodo que comprende la postulación? |
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El segundo proceso de postulación comenzó a regir el primer día hábil siguiente a la publicación en el Diario Oficial del Reglamento N° 47 de fecha 27 de julio de 2018 y se extiende hasta el último día hábil de agosto de dicho este año, es decir, entre el día lunes 30 de julio de 2018 y viernes 31 de agosto del 2018. |
2. ¿Cuántos cupos se establecen para el año 2018? |
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El segundo proceso de postulación comprende los siguientes cupos:
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3. ¿Quiénes pueden postular? |
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Al segundo proceso de postulación, podrá postular el personal que a continuación se indica:
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4. ¿Dónde se debe postular? |
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Los funcionarios que deseen postular deben hacerlo en la Oficina de Retiro, ubicada en Av. Ecuador 3412, 2do piso, en donde se les entregará la información que necesiten y los formularios a utilizar para este fin. El horario de atención es:
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5. Qué sucede si un funcionario que cumple los requisitos no postula dentro del plazo? |
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Los funcionarios que cumpliendo con los requisitos no postulan dentro del plazo establecido, renuncian a los beneficios contemplados en la Ley, es decir a las UF que le correspondieran y a los 11 meses (*). (*) En el caso de que un funcionario se pase del plazo de postulación y quiera renunciar, si lo hace antes de los 180 días del cumplimiento de los 65 años de edad, le corresponde el pago de los 11 meses, aplicando el artículo 9 de la ley 20.374 |