DEFINICIONES |
¿Qué es un contrato a honorarios?
La contratación de personas a honorarios constituye una modalidad de prestación de servicios a la Administración.
Es un vínculo originado en un contrato que une a la persona con el servicio, que se rige por las cláusulas del convenio y también por el Código Civil -según ha precisado la jurisprudencia administrativa- pero que no confiere al contratado la calidad de funcionario, por lo que a estos servidores no se les aplican las normas que rigen a los empleados públicos.
¿Cómo se clasifican los contratos a honorarios?
Se distingue entre:
- Asimilados a grado: implica que el monto de la retribución se relaciona con un grado de la planta del servicio de que se trate.
- A suma alzada: corresponde a la contratación por una suma fija previamente definida, que normalmente se divide en cuotas de igual monto, pero que también puede ser una sola.
- Pagados por mensualidades: son aquellos casos en que la contratación se efectúa mediante pagos mensuales.
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION |
En atención a la entrada en vigencia de la resolución 10 de 2017, de la Contraloría General de la República que establece nuevas normas de toma de razón y considerando que a partir del 01 de Abril de ese año la tramitación de los convenios a honorarios se deberá realizar electrónicamente a través de la plataforma SIAPER, Contraloría General informar lo siguiente:
- El nuevo procedimiento se refiere a la forma en que se elabora, firma y tramita el acto administrativo que aprueba el convenio a honorarios.
- En consecuencia, cada centro de costo deberá seguir generando en soporte de papel los convenios a honorarios, los que deberán llevar firma de puño y letra del contratado y de la autoridad correspondiente.
- Asimismo, la Contraloría Universitaria seguirá controlando la legalidad de estas contrataciones, análisis que desde ahora se efectuará previo a la formulación del acto administrativo.
Por lo expuesto, los centros de costos deberán remitir a Contraloría Universitaria la siguiente documentación:
DOCUMENTO REQUERIDO | Funcionario público USACH | Posee otro honorario vigente en USACH | Funcionario público otra institución | Otro honorario vigente en otra institución | No tiene relación contractual alguna |
Convenio a honorarios firmado | SI | SI | SI | SI | SI |
Declaraciones juradas | SI | SI | SI | SI | SI |
Certificado de antecedentes | SI | ||||
Certificado o documento que acredite relación contractual (con indicación del horario a cumplir) | SI | SI | |||
Certificado o documento de experticia (si se le contrata como tal) | SI | SI | SI | SI | SI |
Certificado de título (si se le contrata como profesional) | SI | SI | SI | ||
Curriculum vitae | SI | SI | SI | SI | SI |
Adicionalmentente, para el caso de que el prestador de servicios sea extranjero deberá adjuntar documento que acredite que cuenta con autorización para desarrollar actividades remuneradas en Chile.
Si se cuenta con toda la documentación y se cumple con la normativa, esta Contraloria visará remitiendo todos los antecedentes a RR.HH. para que ellos procedan a elaborar la Resolución correspondiente en la plataforma SIAPER. En caso contrario los antecedentes serán devueltos al centro de costo que corresponda.
Para una mayor claridad, el siguiente diagrama describe de manera explícita el proceso de tramitación interna de convenios a honorarios vigente desde el 01 de abril de 2017 de acuerdo a instrucciones de la Contraloria General de la República.
Dra. Angélica Peña Cortés
Contralora Universitaria
Santiago, 10 de abril de 2017