GENERALIDADES
- Es obligación de todo funcionario registrado en el sistema marcar su entrada y salida en los terminales habilitados.
- Sólo se pueden registrar un máximo de 3 justificaciones por motivos personales, esto aplica a las incidencias ATRASO AUTORIZADO y OLVIDO FUNCIONARIO, es decir, se puede registrar un máximo de 3 de cada una.
- Es obligación de todo funcionario entregar sus justificaciones dentro de los plazos correspondiente para dar cumplimiento a la entrega de los informes mensuales de cada unidad.
- Es obligación de todo funcionario leer el Instructivo de Normas Generales que rige el proceso de control de asistencia
DOCUMENTOS
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Instructivo de Normas Generales |
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Guía para revisión del Informe de Asistencia Mensual |
PROCEDIMIENTOS
Justificaciones por ausencias, olvidos de marcaje o atrasos |
- El funcionario debe completar el formulario F1, obtener la firma de su jefe directo y entregarlo a su Supervisor de Asistencia o Jefe Administrativo.
- El Supervisor de Asistencia debe verificar que el formulario se encuentre correctamente llenado y que se encuentre en concordancia con la normativa vigente.
- Si el formulario se encuentra correcto, el Supervisor de Asistencia debe registrarlo en el Sistema de Control de Asistencia.
- Si el formulario se encuentra mal llenado o no se encuentra acorde a la normativa, el supervisor debe devolver el formulario al funcionario para que sea corregido o puede dejarlo sin efecto, tomando las medidas que sean necesarias dependiendo de cada situación.
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F1 - Formulario único para Autorización / Justificación |
Permisos Administrativos |
PROCEDIMIENTO SOLICITUD PERMISO CON GOCE DE REMUNERACIONES
- El funcionario debe llenar el formulario correspondiente y solicitar la firma de su jefatura antes de hacer uso del permiso.
- El funcionario debe entregar el formulario al jefe administrativo o al supervisor de asistencia de su unidad.
- El supervisor de asistencia debe revisar el documento, verificar que se encuentre llenado de forma correcta, y verificar que se encuentre dentro del tope de permisos autorizados por año (6).
- Si el documento se encuentra correcto, el supervisor de asistencia debe efectuar el registro correspondiente en el sistema de control de asistencia si el funcionario se encuentra afecto a ese control.
- El supervisor de asistencia debe archivar el formulario para la posterior tramitación de la resolución de permisos administrativos de la unidad.
PROCEDIMIENTO TRAMITACION DE RESOLUCIONES DE PERMISOS
Mensualmente, una vez procesado el registro de control de asistencia, el Jefe Administrativo o el Supervisor de Asistencia (según lo determine la unidad) debe preparar el siguiente legajo de documentos:
- Resolución de permisos
- Carátula de Resolución de permisos
- Todos los formularios de solicitud (originales)
Las plantillas de los documentos se encuentran publicadas más abajo.
A partir del año 2022, Secretaría General, mediante Resolución 9.253, delegó la firma de las transcripciones de las resoluciones de permisos administrativos a los secretarios de Facultad, por lo cual ahora existen dos procedimientos para la tramitación de dichos documentos:
a) FACULTADES Y SUS UNIDADES DEPENDIENTES
Las unidades dependientes de una Facultad deben enviar el legago de documentos a su Decanato para que sea enviado desde la Facultad a Secretaría General, en la carátula se debe indicar el nombre y cargo del Directivo Superior (Decano), en las transcripciones se debe indicar el nombre y cargo del Secretario de Facultad.
b) TODAS LAS DEMAS UNIDADES
Deben enviar el legago de documentos directamente a Secretaría General, en la carátula se debe indicar el nombre y cargo de la Jefatura o Directivo Superior de la unidad, en las transcripciones se debe indicar el nombre y cargo del Secretario General.
NOTIFICACION A RECURSOS HUMANOS
Secretaría General completará la Resolución y la enviará de vuelta a la unidad, numerada y timbrada.
Todas las unidades deben enviar a control.asistencia@usach.cl la resolución tramitada, junto con los formularios de solicitud para el registro en Recursos Humanos y en Siaper.
Consultas: Encargado Administrativo o Supervisor de Asistencia de la unidad
Permiso Post-Natal Paternal |
La madre debe comunicarse con la Sección Licencias Médicas al correo gladys.miranda@usach.cl
Permiso Paternal por Nacimiento |
- El funcionario debe completar el formulario y entregarlo al Supervisor de Asistencia.
- El Supervisor de Asistencia debe registrar el documento en el Sistema de Control de Asistencia.
Consultas: Encargado Administrativo o Supervisor de Asistencia de la unidad
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Solicitud permiso con goce de remuneraciones paternal |
Permiso para alimentar a los hijos menores de 2 años |
- La funcionaria debe acordar y fijar con la unidad el horario a utilizar, el cual debe quedar registrado en un formulario F5.
- El Supervisor de Asistencia debe registrar el cambio de calendario en el Sistema de Control de Asistencia, siguiendo los procedimientos definidos para la asignación de calendarios.
Consultas: Encargado Administrativo o Supervisor de Asistencia de la unidad
Permisos por Matrimonio y Unión Civil |
- El funcionario debe dar aviso a su jefatura con treinta días de anticipación descargando y completando el formulario correspondiente que deberá ser enviado a Recursos Humanos.
- El funcionario debe completar el formulario F1 y entregarlo a su Supervisor de Asistencia.
- El funcionario debe presentar dentro de los treinta días siguientes a la celebración el respectivo certificado de matrimonio del Servicio de Registro Civil e Identificación.
- El Supervisor de Asistencia debe enviar el formulario junto al certificado de defunción a Recursos Humanos, dejando una copia de respaldo en su unidad.
- El Supervisor de Asistencia debe registrar la incidencia respectiva en el Sistema de Control de Asistencia.
Consultas: Encargado Administrativo o Supervisor de Asistencia de la unidad
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Solicitud permiso con goce de remuneraciones por matrimonio |
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Solicitud permiso con goce de remuneraciones por acuerdo de unión civil |
Permiso por fallecimiento |
- El funcionario debe dar aviso a su jefatura.
- Una vez que el funcionario regrese a sus funciones, deberá completar el formulario correspondiente y entregar un certificado de defunción a su Supervisor de Asistencia.
- El Supervisor de Asistencia deberá enviar el formulario junto al certificado de defunción a Recursos Humanos, dejando una copia de respaldo en su unidad.
- El Supervisor de Asistencia deberá registrar la incidencia respectiva en el Sistema de Control de Asistencia.
Consultas: Encargado Administrativo o Supervisor de Asistencia de la unidad
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Solicitud permiso con goce de remuneraciones por fallecimiento |
Permiso trabajo remoto o híbrido |
A partir del 4 de julio de 2023 se autoriza el cumplimiento de las funciones de los funcionarios y de las funcionarias de la Universidad de Santiago de Chile en modalidad remota o híbrida, a quienes voluntariamente se acojan a dicha modalidad, liberándoseles del control de asistencia en el período en que la ejerzan, pudiendo funcionar en sistema de trabajo remoto permanente o por turnos mensuales, semanales, diarios o por medias jornadas, en la forma que defina cada directivo o directiva superior en el marco de la presente normativa, mediante resolución fundada, en la máxima proporción de personal que permita la continuidad y el cumplimiento de sus funciones institucionales.
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Resolución 5.191/2023 - Autoriza trabajo remoto o hibrido |
El funcionario que desee acogerse al beneficio de modalidad de trabajo remoto o híbrido deberá completar los siguientes formularios.
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Solicitud de trabajo remoto o híbrido |
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Convenio para trabajo remoto o híbrido |
Vacaciones |
NORMATIVA
El Estatuto Administrativo, DFL 29 de 2005, contempla los siguientes artículos en relación al Feriado Legal:
Art. 103. El feriado corresponderá a cada año calendario y será de quince días hábiles para los funcionarios con menos de quince años de servicios, de veinte días hábiles para los funcionarios con quince o más años de servicios y menos de veinte, y de veinticinco días hábiles para los funcionarios con veinte o más años de servicio.
Art. 105. Los funcionarios que se desempeñen en instituciones que dejen de funcionar por un lapso superior a veinte días dentro de cada año, no gozarán del derecho a feriado, pero podrán completar el que les correspondiere según sus años de servicios. No regirá esta disposición para los funcionarios que, no obstante, las suspensiones del funcionamiento de la institución deban por cualquier causa trabajar durante ese período.
Art. 107. El funcionario que ingrese a la Administración del Estado no tendrá derecho a hacer uso de feriado en tanto no haya cumplido efectivamente un año de servicio.
CONSIDERACIONES
- A los funcionarios con menos de 15 años le corresponden 15 días hábiles de feriados legales.
- Los funcionarios con 15 años o más y menos de 20 años le corresponden 20 días hábiles de feriados legales.
- Los funcionarios con 20 años o más les corresponden 25 días hábiles de feriados legales.
- Para aquellos funcionarios que le corresponde la quinta semana y que por necesidades del servicio o fuerza mayor deban posponer el feriado, la pueden hacer efectiva durante el año en curso o postergar para el año siguiente.
- Todo feriado legal debe ser coordinado con su jefatura y cada unidad es responsable de llevar un control de estos feriados.
- La acumulación para el año siguiente se debe informar antes del 31 de diciembre de cada año y no se pueden acumular más de 3 periodos.
VACACIONES FUERA DEL PERIODO DE RECESO
- La solicitud de Feriado Legal (Vacaciones Pendientes) se debe hacer llegar a Recursos Humanos a través del STD, indicando el periodo desde/hasta y a qué año de receso corresponde.
- El Supervisor de Asistencia deberá registrar la incidencia VACACIONES en el Sistema de Control de Asistencia, de acuerdo al periodo indicado.
Consultas: Encargado Administrativo o Supervisor de Asistencia de la unidad
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Solicitud uso de vacaciones pendientes |
Licencias Médicas |
- El funcionario debe hacer llegar la Licencia Médica a la Oficina de Partes de Recursos Humanos dentro del plazo de 3 días hábiles, contados a partir de la fecha de inicio del reposo.
- La Unidad de Licencias Médicas y Certificación registrará la licencia en el Sistema de Control de Asistencia de acuerdo a las fechas especificadas en ella.
PERIODO DE RECESO
Durante los periodos de receso las Licencias Médicas deben ser tramitadas por el funcionario directamente en la institución de salud a la que pertenece, posteriormente deberá hacer llegar a la Unidad de Licencias Médicas del Depto. de Recursos Humanos la copia del comprobante de recepción y/o del formulario de la licencia, en los casos en que la institución sólo timbre este documento.
Las licencias médicas se pueden presentar en la sucursal más cercana a su domicilio y/o en las sucursales ubicadas en el centro.
- Las Isapres recepcionan hasta las 17:00 Hrs.
- Compin (Fonasa) recepciona hasta las 14:30 hrs. en Huérfanos 1483 - Fono 600-460-4600.
Consultas: Gladys Miranda Pizarro | gladys.miranda@usach.cl | 2 2718 1618
Licencias Laborales |
- Ante un accidente laboral, la unidad debe enviar un aviso a la Oficina de Notificación de Accidentes Laborales.
- La Oficina de Notificación de Accidentes Laborales emitirá un correo de respuesta a la Unidad.
- El Supervisor de Asistencia debe registrar la incidencia respectiva en el Sistema de Control de Asistencia.
Consultas: Gladys Miranda Pizarro | gladys.miranda@usach.cl | 2 2718 1618
Devoluciones de Tiempo |
- Las devoluciones de tiempo, al agual que las horas extras, deben ser autorizadas en forma previa a su ejecución, razón por la cual la jefatura debe informar al supervisor correspondiente sobre tal medida.
- El Supervisor de Asistencia debe obtener los siguientes documentos por cada vez que el funcionario haga uso del tiempo de devolución:
- Imprimir el informe del mes en que se produce el evento que da origen a la devolución de tiempo.
- Completar el formulario F8 para el cálculo del tiempo a devolver, aplicando los tiempos compensatorios segun corresponda.
- Completar el Formulario F1 que autoriza la devolución de parte de la jefatura.
- Luego, el Supervisor de Asistencia debe enviar un memo a la Unidad de Remuneraciones de Recursos Humanos informando sobre todos los casos de Devolución de Tiempo en forma mensual, se deben adjuntar los documentos mencionados anteriormente, dejando una copia de respaldo.
- La Unidad de Remuneraciones genera una resolución que autoriza la devolución.
- El Supervisor de Asistencia debe registrar la incidencia "Devolución de Tiempo" en el sistema de control de asistencia para justificar la devolución.
Cada vez que el funcionario haga uso de un tiempo de devolución, este se deberá ir descontando en la sección respectiva del formulario F8, hasta que el saldo llegue a cero. Cada formulario F8 debe mantener el historial completo de devolución.
Consultas: Encargado Administrativo o Supervisor de Asistencia de la unidad