I. Antecedentes Generales
De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 13, de la Resolución Nro. 10 de 2017, de Contraloría General de la Republica, a contar del mes de Agosto de 2017 las Comisiones de Servicio al Extranjero se comenzaron a tramitar en forma electrónica a través de la plataforma SIAPER.
De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 45 de la Ley 21.094 de 2018, las Comisiones de Servicio al Extranjero del personal Académico y No Académico, se regirán por los reglamentos universitarios dictados por cada institución.
II. Conceptos
a) Comisión de Servicios
Se refiere al desempeño de funciones ajenas al cargo, en el mismo órgano o servicio público o en otro distinto, tanto en el territorio nacional como en el extranjero. En caso alguno estas comisiones podrán significar el desempeño de funciones de inferior jerarquía a las del cargo, o ajenas a los conocimientos que éste requiere o a la institución. Art. 75, DFL 29, Estatuto Administrativo.
Los funcionarios no podrán ser designados en comisión de servicio durante más de tres meses en cada año calendario, tanto en el territorio nacional como en el extranjero. No obstante, las comisiones podrán ser renovadas por iguales períodos pero no más allá de un año. Art. 76, DFL 29, Estatuto Administrativo.
b) Comisión de Estudios
Se refiere a una comisión de servicios para la realización de estudios que se encuentren relacionados con las funciones que el funcionario deba cumplir en la institución.
La comisión no podrá exceder de tres años, a menos que el funcionario estuviere realizando estudios de postgrado conducentes al grado académico de Doctor, caso en el cual podrá extenderse por el plazo necesario para terminar dichos estudios, siempre que el plazo total no exceda de cinco años. Art. 76, DFL 29, Estatuto Administrativo.
c) Cometido Funcionario
Se refiere al ejercicio de actividades inherentes al cargo que los obliguen a desplazarse dentro o fuera de su lugar de desempeño habitual.
Estos cometidos no requieren ser ordenados formalmente, salvo que originen gastos para la institución, tales como pasajes, viáticos u otros análogos, en cuyo caso se dictará la respectiva resolución o decreto.
III. Unidades que intervienen en la gestión de la documentación
• En el caso de las Comisiones de Servicio al Extranjero de los Académicos, la unidad a cargo de revisar, controlar y visar la documentación (Ministro de Fe) es la Vicerrectoría de Investigación, Desarrollo e Innovación para luego enviar a Contraloría Universitaria, quien otorga el control de legalidad y remite la documentación a los Directivos Superiores para la firma electrónica.
Contacto: | Marianela Villablanca Teléfono: 2 2718 0049 correo: marianella.villablanca@usach.cl |
• En el caso de las Comisiones de Servicio al Extranjero para el personal No Académico, la unidad a cargo de revisar, controlar y visar la documentación (Ministro de Fe) es el Departamento de Recursos Humanos, para luego enviar a Contraloría Universitaria, quien otorga el control de legalidad y remite la documentación a los Directivos Superiores para la firma electrónica.
Contacto: | Flavio Valdés Teléfono: 2 2718 0636 correo: flavio.valdes@usach.cl |
• En el caso de los Cometidos Funcionarios, la unidad a cargo de revisar, controlar y visar la documentación (Ministro de Fe) es Secretaria General, quien remite la documentación a los Directivos Superiores para la firma electrónica.
Contacto: | Rene Estay Teléfono: 2 2718 0102 correo: rene.estay@usach.cl |
Documentación para Comisiones de Servicio Personal No Académico
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Instructivo Comisiones de Servicio al Extranjero |
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Anexo N° 1 Formulario de Solicitud |
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Anexo N° 2 Oficio del Rector |
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Formato Vistos y Considerando Comisión |
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Formato Resolución |